Los memes: una nueva forma de desobedecer

Volumen Diez

El meme en realidad tiene más aspectos políticos a analizar de lo que pensaríamos; lo que a simple vista puede ser sólo un motivo de risa, conlleva mucho más. Su elemento político adquiere una nueva dimensión a partir de las reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor y el Código Penal Federal, publicadas en julio de este año. Norah Gallego analiza en torno a esto qué le depara a los memes.

POR Norah Gallego
1 septiembre 2020

Los memes: una nueva forma de desobedecer

Un meme: tema visual, caricaturesco y distorsionado. Sean creaciones originales o contenido intervenido, los memes han pasado a ser parte de nuestra comunicación como una forma fácil y concreta de compartir ideas. Son, en muchas ocasiones, el primer contacto que tenemos sobre sucesos relevantes. Son también una herramienta para nuestro humor y creatividad, tomando forma, incluso, de sátira política.

De hecho, el meme en realidad tiene más aspectos políticos a analizar de lo que pensaríamos; lo que a simple vista puede ser sólo un motivo de risa, conlleva mucho más. En el uso y creación de memes vemos el ejercicio de derechos humanos como la libertad de expresión y de difusión de cultura. A través de ellos, expresamos críticas hacia nuestro gobierno, nuestra sociedad y muchos aspectos de nuestra realidad. En este sentido, la comedia ha tenido siempre un papel fundamental dentro de la crítica; con imágenes editadas, y un tono burlesco, los memes son un reflejo más de esto. No, los memes no son la nueva forma de un ensayo político, pero sí son una vía más para exponer sucesos y manifestar desacuerdo, por medio del humor.

Ahora bien, el elemento político de los memes adquiere una nueva dimensión a partir de las reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor y el Código Penal Federal, publicadas en julio de este año, y el riesgo que éstas representan.

En nombre de la propiedad intelectual, dichas reformas obligan a plataformas digitales a bajar contenido que sea acusado de supuestamente violar derechos de autor, sin proceso judicial alguno de por medio, y sin requerir ninguna prueba. A este mecanismo se le conoce como “notificación y retirada.” Bajo dichas regulaciones, si la foto, dibujo, video, etc., con la cual un meme fue hecho es señalado como violatorio de derechos de autor, el contenido debe ser removido inmediatamente, sin tener que antes corroborar dicha acusación.

En un país como México, con una historia represiva y violenta contra la crítica política y la libertad de expresión, todo lo anterior tiene un peso importante. Amenazar la libre creación y distribución de contenido en defensa de los derechos de autor tiene una implicación más grande que sólo perder uno que otro meme: es una forma más de silenciar. A esto se le añade que, con el mecanismo de “notificación y retirada”, existe el riesgo de que se elimine no únicamente el meme, sino que se inhabilite toda la plataforma donde éste se encuentra y el contenido que le acompaña, el cual podría ser un artículo de opinión crítico del gobierno, una investigación periodística comprometedora para servidores públicos, etc.

Por otro lado, estas reformas también sancionan, con multas millonarias, el eludir candados digitales. Los candados digitales son medidas tecnológicas que usan fabricantes o desarrolladores de software para proteger sus derechos de autor. Estas prohibiciones se relacionan con los memes porque, en ocasiones, estos candados son eludidos para obtener el contenido con el cual se crean.

Si bien se pretende hacer creer que eludir candados es algo inmoral, realmente es un derecho que tenemos, y que se ha visto limitado por leyes que defienden intereses privados de grandes empresas, en su mayoría. No ahondaré demasiado sobre los candados digitales en este artículo, pero sí repetiré lo que organizaciones defensoras de los derechos digitales y la libertad de expresión, como R3d, o Artículo 19, han dicho ya: hay razones buenas y legítimas por las que las personas podrían eludir dichos candados. Los candados obstaculizan el ejercicio de distintos derechos y actividades que benefician al interés público. Un ejemplo claro es que, para la reparación de nuestros dispositivos, necesitamos eludir candados digitales. El penalizar esto protege en realidad el interés de fabricantes de monopolizar esta industria.

En un mundo atrozmente capitalista, la propiedad intelectual y el copyright son utilizados cada vez más como argumento para privatizar el conocimiento y restringir el discurso legítimo. De esta manera, si bien los memes pueden no ser el tesoro cultural ni la crítica política más significativa, son, en definitiva, resultado del ejercicio de derechos como la libertad de expresión y la difusión de cultura. Frente a este escenario donde la propiedad intelectual adquiere un alcance cada vez más preocupante, los memes son un ejemplo simbólico de estas libertades, de resistencia. No significan robo ni plagio, sino contenido modificado, intervenido, que promueve una resignificación de la cultura colectiva. Obstaculizar su creación y difusión es sólo una representación del enfoque capitalista y arbitrario de estas regulaciones.

En este contexto de reformas punitivas y cerramiento de la cultura, los memes han adquirido un nuevo significado. Ya no son sólo una forma de expresarnos, sino que son también ejemplos de “desobediencia intelectual.” Este término, acuñado por la artista y activista Nina Paley, se refiere a ciertas manifestaciones de desobediencia civil ante los actuales dispositivos del derecho de autor y sus marcos regulatorios. Así, crear y compartir memes puede considerarse una manifestación simbólica contra las nuevas leyes que limitan la libre circulación de contenido y que amenazan con censura.

De esta manera, los memes tienen un elemento político, que, aunque parezca risible, no debe ser menospreciado. Si antes eran ya una respuesta crítica y burlesca al status quo social y político, ahora crearlos, compartirlos y defenderlos puede ser una forma de cuestionar y resistir a las nuevas leyes y abusos de la propiedad intelectual.

Claramente, ver una menor o más cuidadosa creación de memes no es la preocupación más grande que surge de estas reformas, pero sí es un vistazo al alcance que tienen respecto al libre discurso y los derechos digitales.

La restricción de libertades suele avanzar gradualmente, y queda en nosotrxs alzar la voz ante cada paso que facilita el camino para quienes se benefician de dichas medidas. Si al final defender memes forma parte de la lucha contra las prohibiciones ridículas que se han impuesto en nombre de los derechos de autor, cuenten conmigo.

***

 

Referencias:

1. Amenazas contra medio PÁGINA 66 para eliminar información sobre corrupción en internet. (26 de octubre de 2018). Artículo 19. Obtenido de: https://articulo19.org/amenazas-contra-medio-pagina-66-para-eliminar-informacion-sobre-corrupcion-en-internet/

2. Oscar Steve. (1 de julio de 2020). Xataka México. Obtenido de: https://www.xataka.com.mx/legislacion-y-derechos/reparar-tu-smartphone-instalarle-rom-sera-delito-mexico-nueva-ley-que-proteje-candados-digitales-explicada#:~:text=Los%20candados%20digitales%20son%20medidas,acceder%20al%20c%C3%B3digo%20del%20software.

3. Luis Fernando García. (Julio 2020). Twitter. Obtenido de: https://threadreaderapp.com/thread/1275259277704380417.html

4. Ni censuras ni candados: reformas para implementar el TMEC pretenden establecer mecanismos de censura y criminalizar la elusión de candados digitales. (17 de julio de 2020). R3d. Red en Defensa de los Derechos Digitales. Obtenido de: https://r3d.mx/2020/06/17/nicensuranicandados-reformas-para-implementar-el-tmec-pretenden-establecer-mecanismos-de-censura-y-criminalizar-la-elusion-de-candados-digitales/

5. Nicole Darat y Andrés Maximiliano Tello. 09 junio 2016.  “Desobediencia intelectual”: resistencias a la privatización del conocimiento, Polis [En línea], 43. Obtenido de: http://journals.openedition.org/polis/11640

6. El meme de la propiedad intelectual en la era digital. (9 de enero 2017). Creative Commons Paraguay. TEDIC. Obtenido de: https://www.tedic.org/el-meme-de-la-propiedad-intelectual/

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